La última versión de Geinprod ERP da soporte a los cambios realizados por la Administración en cuanto a los modelos 347 y 340.
MODIFICACIONES EN EL MODELO 347. Declaración anual de operaciones con terceras personas
- Suministro de información: trimestralizada.
Se presentará una única declaración anual en la que la información sobre las operaciones realizadas se proporcionará desglosada trimestralmente .
- Imputación temporal: en el mismo período en el que deban anotarse las operaciones en los libros registro de IVA; se homogeniza así el período de imputación con el modelo 340.
-Plazo de presentación: mes de febrero
Las declaraciones del modelo 347 correspondientes al ejercicio 2011 se presentarán durante el mes de febrero de 2012.
Las personas físicas y entidades en atribución de rentas (C.B.) en el IRPF, por las actividades en módulos y el IVA por el régimen especial simplificado o de la agricultura, ganadería o pesca o del recargo de equivalencia, no estarán obligadas como antes a presentar el 347, salvo por las operaciones por las que emitan factura.
-Hay que recordar que las operaciones se continuarán declarando en el modelo 347 siempre y cuando superen anualmente el importe de 3.005,06€, (300,51€ en el supuesto de cobros por cuenta de terceros).
MODIFICACIONES EN EL MODELO 340. Declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro.
Estas modificaciones afectan al contenido y presentación del modelo 340 a realizar a partir del ejercicio 2012 .
-Los obligados a presentar el modelo 340 no deberán presentar el modelo 347 en ningún caso .
- Se amplía la información a suministrar en este modelo, para incluir las operaciones, distintas de las contenidas en los Libros registro, que antes debían declararse en el 347.



